martes, 26 de mayo de 2015

La campaña de verano generará casi un millón de empleos en España

La campaña de verano generará casi un millón de empleos en España, según Adecco

La campaña de verano, que comprende los meses de junio a septiembre, generará 989.048 contratos de trabajo, lo que supone un 13% más que en el mismo periodo de 2014, según cálculos de Adecco y de su división Adecco Outsourcing.

De este casi millón de contratos laborales que se firmará en los meses de verano, Adecco prevé realizar uno de cada cuatro en sectores típicos de la temporada estival, como la hostelería y el turismo, aunque también se creará empleo en el sector comercial y en la distribución.

Aunque la campaña de verano se iniciará hasta el mes de junio, la compañía de recursos humanos ha detectado que en aquellos sectores destinados al consumidor final, como alimentación o bebidas, ya están contratando personal este mes para prepararse de cara al verano.

De acuerdo con sus previsiones, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana serán las comunidades autónomas que más contratos realizarán este verano, con 201.891, 153.691 y 108.376 contratos, respectivamente. Entre las tres concentrarán el 45% del total.

Tras ellas se sitúan Andalucía (96.928 contratos) y Murcia (92.664), dos comunidades que en verano reciben un número muy elevado de turistas. Por el contrario, Extremadura, La Rioja y Baleares serán las regiones que efectuarán menos contratos este verano, con 4.071, 9.602 y 10.078, respectivamente.

En valores relativos, Baleares, Cataluña y Madrid experimentarán los mayores incrementos en la contratación, con repuntes del 20%, del 18,7% y del 18%, respectivamente, en relación a la campaña de verano de 2014.

Por provincias, Barcelona y Madrid serán las que más empleo generen en esta campaña, con más de 150.000 contratos en ambos casos, mientras que Soria será la provincia que menos contratos efectuará, con sólo 832.

Como suele ser habitual, los sectores del turismo y la hostelería seguirán siendo los mayores generadores de empleo este verano. Sin embargo, otros sectores, como el aeroportuario, la alimentación, la logística y el transporte, el comercial, el industrial y y el de 'contact center' tendrán un "fuerte peso" en el mercado laboral, según Adecco.

Los profesionales más demandados este verano serán cocineros, camareros, carretilleros, mozos de almacén, teleoperadores, dependientes, camareros de piso y manipuladores de alimentos, entre otros.

El perfil del demandante de un empleo de verano ya no se corresponde únicamente con el de un joven estudiante, pues desde hace unos años las amas de casa, los parados de larga duración y los mayores de 45 años también se lanzan a buscar trabajo en estas fechas.

Según la compañía de recursos humanos, las empresas han ganado confianza en los últimos tiempos, por lo que se muestran más abiertas a contratar personal en los meses de verano para cubrir vacaciones o hacer frente a la mayor demanda del mercado durante esta época.


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Moody's cree que España crecerá un 2,7% en 2015 a pesar de la incertidumbre política


El Banco de España mantiene sus previsiones, pero alerta ahora de riesgos a la baja para el crecimiento


La economía española seguirá recuperándose en los próximos años gracias a la demanda doméstica, según la agencia Moody's, que prevé un crecimiento del Producto Interior Bruto (PIB) del 2,7% este año y del 2,2% en 2016, aunque advierte de que el entorno político "introduce algunos elementos de incertidumbre".


Sin embargo, Moody's advierte de que el elevado nivel de deuda pública sigue siendo un obstáculo para el rating de España, situado en 'Baa2' con perspectiva positiva, a pesar de la mejora económica, fiscal y financiera registrada.


"El consumo privado y la inversión probablemente serán las principales fuerzas motrices de la economía, beneficiándose de la mejora de la confianza, las mejores condiciones de financiación y en el mercado laboral", apunta la calificadora de riesgos.


Moody's confía en que el crecimiento de las exportaciones de bienes y servicios se acelerará en los próximos años, aunque considera que el fortalecimiento de la economía española provocará un incremento mayor de las importaciones.


A medida que el crecimiento de la economía cobra fuerza, la agencia espera que se produzca un aumento de la recaudación pública, lo que permitirá reducir el déficit presupuestario al 4,5% del PIB este año y al 3,5% el siguiente.


Sin embargo, la agencia prevé que la ratio de deuda pública en España alcanzará su máximo en 2016 por encima del 100% del PIB para estabilizarse a partir de entonces siempre y cuando se mantengan la recuperación económica y la consolidación fiscal.


Asimismo, Moody's señala que "el fluido entorno político en España introduce algunos elementos de incertidumbre" en cuanto a la dirección de las políticas en los próximos años.


En este sentido, aunque la agencia no prevé cambios inminentes en las políticas económicas, asume que podría resultar más complicado aprobar determinadas medidas en la siguiente legislatura.


De este modo, la calificadora de riesgos advierte del peligro de que se produzca en España una ralentización en el impulso reformador observado en la presente legislatura.


"Las reformas estructurales han ayudado a España a fortalecer sus instituciones, el sistema bancario y el mercado laboral", asegura la agencia.


Moody's tiene previsto realizar su segunda evaluación del rating de España en 2015 el próximo 19 de junio, por lo que será la primera de las tres grandes agencias en evaluar la deuda española tras las recientes elecciones municipales y regionales.


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TC cree que el decreto antidesahucios invade competencias y rechaza expropiar viviendas vacías a banco

El pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra el decreto-ley andaluz de medidas para asegurar el cumplimiento del fin social de la vivienda, conocido como decreto antidesahucios, al considerar que la expropiación de viviendas vacías a los bancos invade la competencia exclusiva del Estado en materia de "coordinación de la planificación general de la actividad económica".


La sentencia, adelantada este martes y que cuenta con tres votos particulares, explica que el Estado ha puesto en marcha unas medidas que tienen una doble finalidad, proteger a los deudores hipotecarios y, al mismo tiempo, promover el mercado hipotecario con la constitución de un fondo social de viviendas propiedad de las entidades de crédito. Así entiende que el decreto-ley andaluz, con las expropiaciones, obstaculiza la eficacia de las medidas de política económica desarrolladas por el Gobierno.


Cabe recordar que de forma posterior a este decreto, la Junta de Andalucía dictó una Ley de Vivienda que derogó en parte el decreto-ley. Dicha ley fue también recurrida ante el TC por el Gobierno y está pendiente de resolución por el pleno.


El Gobierno central recurrió en junio de 2013 el decreto andaluz, concretamente su disposición adicional segunda y el artículo 1, por el que se da nueva redacción a los artículos 1.3 y 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía al entender que afectaba al contenido esencial del derecho a la propiedad de la vivienda, que es una norma reservada a las Cortes Generales, establecía una responsabilidad sancionadora al margen del principio de culpabilidad que viene exigido por la Constitución y una regulación contraria al principio igualdad.


El Constitucional declara ahora inconstitucional y anula el primer inciso del artículo 1.3, en cuanto que se impone al propietario de una vivienda el "deber de destinar de forma efectiva el bien al uso habitacional previsto por el ordenamiento jurídico" rechazando así que deba formar parte del "contenido esencial del derecho de propiedad de la vivienda".


Asimismo, ve inconstitucional y declara la nulidad de los apartados 5 y 6 del artículo 25 y del artículo 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, en la redacción aprobada por el artículo 1 del decreto Antidesahucios y también hace lo mismo con su disposición adicional segunda porque "menoscaba la plena efectividad de la competencia estatal prevenida en el artículo 149.1.13 de la Constitución".


Por otra parte, la sentencia del TC declara que el resto del artículo 25 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo es conforme con la Constitución, "siempre que se interprete como instrumento de la política autonómica de fomento de la vivienda en alquiler" en los términos que contempla la sentencia.


Respalda así que el resto del 25 se limita a definir el concepto de vivienda deshabitada y que no es más que un instrumento de la política autonómica de fomento de la vivienda en alquiler que no puede producir el resultado de disminuir el valor de la cartera de inmuebles de la Sareb en que se basa la alegación del Abogado del Estado.

LA URGENCIA, JUSTIFICADA.


La sentencia cree que no puede rechazarse "como abusiva o arbitraria la situación de extraordinaria y urgente necesidad" que el gobierno autonómico, para legislar de urgencia --cuya constitucionalidad se cuestiona en este proceso-- "ha apreciado en la actual crisis económica y en sus consecuencias sobre la vivienda".


Así las cosas, cree que el Gobierno andaluz "ha cumplido con la exigencia de presentar explícita y razonadamente la situación extraordinaria que le habilita a usar los poderes de legislación de urgencia atribuidos estatutariamente".


De ese modo, respalda que se emplee el Decreto-ley como "un instrumento del que es posible hacer uso para ordenar situaciones que "reclaman una acción legislativa inmediata, en un plazo más breve que el requerido para la tramitación de las Leyes".

VOTOS PARTICULARES.


Tres magistrados han ejercido su derecho a voto particular y, de ese modo, la juez Adela Asua Batarrita discrepa con que para declarar la inconstitucionalidad de la disposición adicional segunda, la sentencia se base en la contraposición de las políticas públicas adoptadas por el Estado y las adoptadas por Andalucía ante el mismo problema social derivado del desahucio de viviendas, y la consideración de que la norma autonómica "interfiere" en las medidas estatales de política económica.


Así, echa en falta una fundamentación y que se acredite esa supuesta interferencia, es decir, en qué punto la norma autonómica impide o dificulta la aplicación de las normas estatales o la consecución de los dos objetivos de política económica estatal. "No se argumenta por qué la medida andaluza puede poner en riesgo el correcto funcionamiento del mercado hipotecario, ni en qué grado conlleva una desprotección o una reducción de la protección dispensada por el Estado a los colectivos desfavorecidos", reprocha.


También el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, por su parte, muestra su disconformidad con la opinión de la mayoría de los magistrados en la que se sustenta la sentencia de que la normativa autonómica controvertida interfiere la regulación estatal y recuerda que ésta establece una suspensión de determinados lanzamientos por cuatro años, por lo que la ejecución de la normativa autonómica, tomando como presupuesto la existencia de una resolución de lanzamiento, quedará simplemente aplazada (no necesariamente en todos los casos) hasta que haya transcurrido el plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de la ley.


Por su parte, la magistrada Encarnación Roca duda de cuál puede ser la "estrecha conexión" que la sentencia dice existir entre la normalización de los mercados hipotecarios y el asentamiento del sistema financiero, con el mandato al Gobierno para que promueva con el sector financiero un fondo social de viviendas.


Al respecto, mantiene que el hecho de que ese fondo pretenda cubrir las necesidades de quienes han sido desalojados por el impago de un préstamo hipotecario, "nada añade, es más, produce un nulo impacto en el sistema hipotecario y no afecta a la solvencia de las entidades de crédito".


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lunes, 25 de mayo de 2015

Grecia no puede pagar los 1.600 millones del plazo de junio


UE y FMI pactan prestar 49.000 millones a Grecia hasta marzo


Grecia no realizará el repago de deuda al Fondo Monetario Internacional previsto para el próximo mes al no tener fondos, ha explicado el ministro griego Voutsis.


"Los cuatro plazos del FMI de junio son de 1.600 millones, este dinero no se le dará y no hay que darlo", explicó en su argumentación.


Por su parte Yanis Varoufakis, defendió en una entrevista en la BBC que Grecia ha hecho "enormes progresos para llegar a un acuerdo con los acreedores internacionales para evitar la quiebra".


"Ahora le corresponde a las instituciones hacer su parte. Hemos recorrido tres cuartas partes del camino, ahora les toca a ellos la cuarta parte restante", expresó Varoufakis.


Francia y España han asegurado que no existe un 'plan B' en caso de que no se llegue a un acuerdo en las negociaciones entre Grecia y sus acreedores, pero han reiterado que la solución que se alcance debe ser respetuosa con la voluntad del pueblo griego y con la reglas europeas.


"No hay ningún 'plan B', no hay una moneda paralela, solo una: el euro, que es la que usamos entre amigos", afirmó el ministro francés de Finanzas y Cuentas Públicas, Michel Sapin, en una rueda de prensa conjunta en Madrid con el ministro de Economía y Competitividad Luis de Guindos.


En esta línea, el ministro español también negó que exista un 'plan B' para solucionar los problemas de Grecia tras ser preguntado por unas declaraciones del ministro de Finanzas alemán, Wolfgang Schäuble, a Bloomberg en las que apuntaba la posibilidad de crear una moneda paralela al euro para Grecia si no se alcanzaba un acuerdo.


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El sector energético es el que más se reúne con la CNMC, pero Telefónica y Orange destacan por separado

El sector energético es el que más reuniones ha mantenido con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) desde la creación de este organismo en octubre de 2013, si bien Telefónica y Orange son con diferencia las empresas que, por separado, más veces se han encontrado con el regulador.


Estas conclusiones forman parte de un análisis realizado por Europa Press a partir del Portal de Transparencia de la CNMC, en el que se recogen las fechas y los interlocutores de las 734 reuniones de perfil empresarial celebradas por el organismo en su año y medio de vida.


De estas reuniones, el 31%, o 231, se ha realizado con empresas del sector energético, mientras que el 29%, o 215, corresponde a empresas de telecos. Estos dos sectores, especialmente el primero, se caracterizan por tener actividades fuertemente reguladas o por su sensibilidad en materia de competencia.


El organismo presidido por José María Marín Quemada ha dedicado además 74 reuniones a empresas o entidades relacionadas con el sector audiovisual, frente a una decena con el sector del automóvil, al margen de una variopinta gama de reuniones, 214 en total, que afectan a ámbitos que van desde servicios postales hasta ferroviarios o aeroportuarios.


Pese a la predominancia del sector energético, las empresas que por separado más veces se han reunido con la CNMC son Telefónica y Orange, con 48 encuentros cada una de ellas, si bien Jazztel, que será adquirida por la segunda de ellas, suma otras 22 reuniones (en una de ellas se sentaron juntos directivos de Orange y Jazztel).


Vodafone ha tenido 24 encuentros con el organismo, una cifra que, en el sector energético, solo supera el operador del mercado ibérico de electricidad, Omie, con 26 reuniones, por delante de los 18 de Iberdrola, los catorce de Red Eléctrica de España (REE), los siete de Endesa o los cinco de Gas Natural Fenosa.


Dentro de este sector, Villar Mir Energía ha celebrado once reuniones, frente a nueve de Enagás, ocho de E.ON, siete de CLH, seis de Repsol, cuatro de EDP, cuatro de Redexis, tres de Cepsa, tres de BP o tres de GDF Suez. En otros ámbitos, ADIF suma ocho encuentros, AENA siete y Correos 19.


Poco después de asumir su cargo, Marín Quemada indicó que la CNMC se ha propuesto tener "las puertas abiertas" a las empresas y a los sectores económicos porque apuesta por "el diálogo" y considera que las multas son el último recurso y, con ello, un "fracaso".

MEJOR SOLO QUE EN PATRONAL.


Los registros de la CNMC muestran que, por lo general, las empresas prefieren tratar en solitario con el regulador que hacerlo a través de patronales, salvo en el caso del motor, donde la asociación de fabricantes, Anfac, concentra 8 de los 10 encuentros celebrados.


La asociación de las grandes eléctricas, Unesa, ha celebrado once reuniones, frente a 4 de la AOP, que representa a las principales petroleras. La asociación eólica AEE suma 4, frente a las dos celebradas por separado por los fotovoltaicos de UNEF y Anpier. La CEOE ha tenido tres reuniones.

REUNIONES EN MOMENTOS CLAVE.


Otro de los aspectos destacados del registro de reuniones son los encuentros con empresas que estén realizando una operación corporativa de envergadura, como es el caso de Orange, Jazztel y sus 70 reuniones con la CNMC en pleno proceso de OPA.


Algo más de un mes antes del anuncio en noviembre del año pasado de la compra de E.ON España, el fondo australiano Macquarie se reunió con la Dirección de Energía, y unos meses después, en enero, el propio Marín Quemada organizó un encuentro con la firma compradora y con la empresa adquirida.


En los meses de marzo y abril, los dos últimos de los que hay registros, se han producido reuniones con Bilbao Gas Hub, en plena tramitación parlamentaria de la Ley de Hidrocarburos y la creación del 'hub' gasista, así como con SEAT, que anunció recientemente una reunión histórica en España. También destaca un encuentro, el 17 de abril, con la Liga de Fútbol Profesional.


 


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El TC no ve discriminación en los despidos de mayores de 55 años si hay ayudas


El TC no ve discriminación por edad en los despidos de mayores de 55 años si la empresa ofrece ayudas


El Tribunal Constitucional considera que no existe discriminación por edad en los despidos colectivos que afectan a los mayores de 55 años si la empresa adopta medidas para minimizar el perjuicio ocasionado a los trabajadores afectados.


Así lo explica en una sentencia en la que deniega el amparo a cuatro trabajadoras mayores de 55 años del Instituto Valenciano de la Vivienda, que fueron incluidas en un procedimiento de despido colectivo siguiendo los criterios fijados para la designación de los trabajadores que se verían afectados por el mencionado expediente de regulación de empleo (ERE).


Uno de esos criterios era el de la edad, de tal forma que para seleccionar los trabajadores que serían despedidos se tendrían en cuenta aquellos que se encontraran en una situación más próxima a la jubilación. Finalmente, todos los trabajadores de la empresa con 55 o más años resultaron afectados por el despido colectivo, en concreto 35 de un total de 211 despidos.


Las cuatro demandantes de amparo interpusieron entonces una demanda contra el Instituto Valenciano de la Vivienda y contra el presidente de comité de empresa al entender que su despido vulneraba el artículo 14 de la Constitución Española al haber existido discriminación por edad.


   El Juzgado de lo Social desestimó su demanda y las recurrentes interpusieron entonces recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, obteniendo el mismo resultado. Posteriormente, acudieron al Tribunal Constitucional en amparo, aunque éste tampoco les ha dado la razón.


   El Constitucional entiende que la selección de trabajadores en función de una edad próxima a la jubilación es un criterio "adecuado y proporcionado" siempre que se adopten medidas efectivas para evitar o minimizar los datos que la extinción del contrato produce en los afectados.


   Al respecto, el Alto Tribunal recuerda que la ley establece la obligatoriedad de la empresa de financiar un convenio especial con la Seguridad Social para generar derecho a pensión sin estar trabajando a aquellos trabajadores de 55 o más años afectados por un despido colectivo que no tuvieran la condición de mutualista a 1 de enero de 1967.


Asimismo, una vez agotada la prestación por desempleo, los trabajadores mayores de 55 años que carezcan de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) y cuya renta media en la unidad familiar tampoco supere esa cantidad, pueden cobrar un subsidio por desempleo hasta cumplir la edad de acceso a la pensión de jubilación.


En el caso de las cuatro trabajadoras despedidas, todas suscribieron el mencionado convenio especial con la Seguridad Social. Pero además, subraya el TC, la empresa estableció determinadas mejoras voluntarias de la prestación por desempleo para los trabajadores de mayor edad, que elevaban su duración cuanto mayor fuera la edad del afectado.


Así, para los trabajadores de 45 a 49 años se pactó una cuota mensual bruta de 840 euros desde el acceso a la prestación por desempleo durante un periodo máximo de seis meses; para los trabajadores de 50 a 57 años se estableció un pago de 840 euros durante los primeros ocho meses y un noveno mes de 420 euros, mientras que para los trabajadores de 58 y 61 años se situó el periodo de pago de estos 840 euros mensuales en un máximo de doce meses.


El Constitucional entiende que este complemento empresarial pretendía evitar que los trabajadores afectados por el despido sufrieran un perjuicio desproporcionado respecto de su situación en activo. Así, considera que, gracias a que la empresa tomó medidas adicionales para ayudar a este grupo de afectados, no existió discriminación por razón de edad.


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viernes, 22 de mayo de 2015

Repsol recurre la orden con la que Industria ha bajado casi un 20% el butano

 
Repsol recurre la orden con la que Industria ha bajado casi un 20% el butano en dos meses


Repsol Butano ha interpuesto ante la sala tercera del Tribunal Supremo un recurso contencioso administrativo en contra de la orden ministerial en la que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo establece el nuevo sistema de revisión automática del precio de la bombona de butano.


Fuentes del sector indicaron a Europa Press que las empresas vienen recurriendo desde 2014 la fórmula de revisión de precios del butano porque no recoge un coste suficiente para la actividad de comercialización.


En el caso de la orden ministerial de marzo, se establece un nuevo mecanismo que ha propiciado una bajada en el precio de la bombona media de butano del 19% en apenas dos meses, a razón de un 9,7% en marzo y de un 10,6% este martes, hasta 14,12 euros.


La segunda de estas dos revisiones se ha aprobado apenas cinco días antes de las elecciones municipales previstas para el domingo 24 de mayo y supondrá un alivio para cerca de los 8 millones de consumidores de butano.


La orden ministerial recurrida por Repsol contempla una nueva fórmula para establecer el precio del gas licuado del petróleo (GLP) envasado y un retoque en el calendario de las revisiones, que a partir de ahora se realizarán en el tercer martes de cada bimestre.


La nueva regulación también elimina de forma excepcional para marzo y mayo el tope del 5% al alza o a la baja en la revisión bimestral de precios, lo que ha permitido que el abaratamiento durante estos meses sea muy superior al previsto.


Las dos bajadas en marzo y mayo se han producido una vez absorbido el déficit de tarifa temporal que había acumulado el butano hasta mediados del año pasado. El desajuste ha podido eliminarse gracias a las fuertes bajadas en los precios de las materias primas de los últimos meses.


A partir de ahora, la tarifa de butano parte de un equilibrio tarifario, sin déficit ni superávit. Las variaciones de los próximos meses en las cotizaciones internacionales se repercutirán al alza o a la baja en porcentajes no superiores al 5%, y el excedente se trasladará a déficit o superávit para su posterior absorción en bimestres posteriores.


El precio regulado afecta a las bombonas de butano que más comúnmente utilizan los hogares, consistentes en envases con carga igual o superior a 8 kilos e inferior a 20 kilos, cuya tara sea superior a 9 kilos.


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